· Jonathan Izquierdo · Jurisprudencia ·
Circular 1/2026 de la Fiscalía: El perito ante los delitos de odio digitales
Análisis de las nuevas directrices de la Fiscalía General sobre la obtención y valoración de pruebas digitales en delitos de odio y discriminación en 2026.
El rigor técnico como escudo ante la discriminación
La Circular 1/2026 de la Fiscalía General del Estado establece un nuevo marco de actuación para la persecución de los delitos de odio cometidos a través de tecnologías de la información. Este documento es vital para abogados y peritos, ya que eleva el listón de exigencia técnica para que un comentario en redes sociales o un mensaje de Telegram sea admitido como prueba de cargo [1].
Claves técnicas de la Circular 1/2026
La Fiscalía pone el foco en tres aspectos críticos donde la intervención del perito informático es determinante:
- La superación del ‘anonimato aparente’: No basta con identificar al usuario por su “nick”. La circular exige un análisis de la capa de red para vincular la publicación con una identidad física real a través de mandamientos judiciales a las operadoras [2].
- La integridad de la conversación completa: Se desaconseja el uso de mensajes aislados. El perito debe certificar el hilo completo de la conversación para analizar el contexto y la posible provocación o respuesta.
- Preservación de metadatos volátiles: En plataformas como X (Twitter) o Instagram, los metadatos de una publicación pueden desaparecer si el usuario borra el contenido. La circular valida la necesidad de herramientas de preservación urgente.
Doctrina Consolidada
La Circular 1/2026 se apoya en la jurisprudencia del TS sobre la ‘prueba indiciaria técnica’, reforzando que el perito informático es el ‘traductor’ necesario para el tribunal en delitos tecnológicos.
El papel del informe pericial
En los juicios por delitos de odio, la parte técnica suele ser la más atacada por la defensa alegando suplantación o manipulación. Mi labor como perito es blindar esa prueba:
- Certificación de autenticidad: Demostrar que el mensaje salió efectivamente del dispositivo analizado.
- Auditoría de integridad: Garantizar que el contenido no ha sido editado mediante herramientas de inspección de código del navegador (F12).
¿Necesita certificar pruebas de acoso o delitos de odio?
Aplicamos las directrices de la Circular 1/2026 para que sus pruebas en redes sociales sean irrefutables ante la Fiscalía.
Solicitar Peritaje de RedesReferencias y fuentes
- [1] Fiscalía General del Estado (2026) - Circular 1/2026 sobre el tratamiento de la prueba digital en delitos de odio.
- [2] Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) - Artículos 588 bis y siguientes sobre la interceptación de comunicaciones.
- [3] Convenio de Budapest - Marco internacional para la lucha contra el cibercrimen y la obtención de evidencia transfronteriza.




