Gestion de Riesgos

Seguro Cyber (Poliza de Ciberseguro)

Producto de seguro que cubre las perdidas economicas derivadas de ciberataques, brechas de datos y fallos de sistemas informáticos, incluyendo costes de respuesta a incidentes, responsabilidad civil y lucro cesante.

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TL;DR - Seguro Cyber (Poliza de Ciberseguro)

No existe una estadística oficial española sobre cuántas pymes cierran tras un ciberataque: INCIBE gestiona incidentes, no hace seguimiento de la supervivencia de las empresas afectadas, y la cifra que circula desde hace años en el sector no procede de ninguna fuente localizable. Lo que sí puede documentarse, y es lo que importa para decidir sobre un ciberseguro, es el coste real de un siniestro: forense, restauración, notificación a los afectados, interrupción de la actividad y, en su caso, sanción.

Dato claveValor
Coste de la primaSin tarifas públicas por tramo: depende del sector, la facturación y las medidas declaradas
CoberturaLa fija la póliza; los condicionados abiertos no publican un límite «típico»
Tasa de denegación de siniestrosNo existe estadística publicada: el ciberseguro no tiene ramo propio en la clasificación de la DGSFP
Mecanismo tercer peritoArt. 38 Ley 50/1980 Contrato de Seguro
Crecimiento mercado EspañaSin estadística oficial: el «ciber» no es un ramo en la Ley 20/2015
Empresas con ciberseguro en EspañaSin dato oficial; nadie publica la penetración en la pyme española
Coste medio ciberincidente PYME35.000 EUR — cifra de uso común en el sector, no publicada por el INCIBE: su Balance no calcula coste por incidente
PYMEs que cierran tras un ataque graveSin fuente primaria. El ~60 % que circula no lo publica el INCIBE ni ningún organismo que haya podido abrir

Definición en 30 segundos

Un seguro cyber (también llamado seguro de ciberriesgos, ciberseguro o poliza de responsabilidad cibernetica) es un producto asegurador que cubre las pérdidas económicas derivadas de ciberataques, brechas de datos y fallos de sistemas informáticos. A diferencia de los seguros tradicionales (incendio, robo), el ciberseguro cubre riesgos intangibles: pérdida de datos, interrupción de sistemas, extorsión digital y responsabilidad frente a terceros por filtración de datos personales. El perito informático forense juega un papel central en todo el ciclo del ciberseguro: desde la evaluación previa del riesgo hasta la investigación del siniestro y la resolución de discrepancias entre asegurado y aseguradora mediante el mecanismo de tercer perito del artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/1980).


Qué cubre un seguro cyber: las 12 coberturas principales

CoberturaQue incluyeLímite típico PYMEObservaciones
1. Respuesta a incidentesCostes inmediatos: movilizacion equipo, triage, contención50.000-500.000 EURActivación 24/7, panel de proveedores
2. Forense digitalInvestigación técnica: vector ataque, datos afectados, alcanceIncluido en respuestaEl informe forense es base de la reclamación
3. Notificación a afectadosComunicación a personas afectadas (obligatoria RGPD art. 34)10.000-100.000 EURIncluye call center y monitoring crediticio
4. Responsabilidad civilReclamaciones de terceros por filtración de datos500.000-5.000.000 EURCubre defensa + indemnizaciones
5. Lucro cesantePérdida ingresos por interrupción de sistemas200.000-2.000.000 EURCon período de espera 6-24h
6. Extorsión ciberneticaNegociación y, en algunas polizas, pago rescate ransomware100.000-1.000.000 EURTendencia: excluir pago de rescate
7. Fraude electrónicoPérdidas por transferencias fraudulentas (BEC, CEO fraud)50.000-500.000 EURRequiere verificación de protocolos
8. Gastos legalesAbogados, defensa ante reclamaciones, procedimientos regulatorios100.000-500.000 EURIncluye honorarios de perito de parte
9. Sanciones RGPD/AEPDCobertura de multas (donde legalmente asegurable)VariableDebate jurídico sobre asegurabilidad
10. Restauración de datosRecuperación y restauración de sistemas y datos50.000-300.000 EURIncluye costes de hardware temporal
11. Daño reputacionalGestion de crisis, RRPP, comunicación de crisis25.000-200.000 EURNo todas las polizas lo incluyen
12. Responsabilidad de medios digitalesDifamación, infracción copyright en webs propias50.000-300.000 EURFrecuente en polizas especializadas

Principales aseguradoras de ciberseguros en España: 8 compañías

AseguradoraProductoSegmento
MAPFRECiber OnAutónomos y pymes
ZurichCyber ProtectionPymes y grandes
AXACiber ProtecciónPymes
HiscoxCyberClearPymes y startups
BeazleyBreach ResponseMedianas y grandes
ChubbCyber Enterprise RiskGrandes empresas
AllianzCyber ProtectTodas
GeneraliCyber LionPymes

De estas fichas solo he podido verificar el nombre del producto y el segmento al que se dirige. Las primas, los límites máximos, los paneles de respuesta y los plazos de asistencia que suelen atribuirse a cada una no aparecen en sus páginas públicas: dependen del condicionado concreto y hay que pedirlos.

Corredores especializados en ciber en España: Marsh, Aon, Willis Towers Watson, AON Spain, y boutiques cómo Ciberrisk (Madrid) y corredurias especializadas asociadas a UNESPA.

Estado del mercado en España (2025-2026):

  • Nadie publica la penetración del ciberseguro en la pyme española. Las cifras que circulan —12-15 % aquí, 30-40 % en Reino Unido o Estados Unidos, más del 50 % en Países Bajos— no proceden de una fuente que haya podido abrir. El Cyber Readiness Report de Hiscox encuesta a pymes de siete países, pero mide otra cosa
  • No existe estadística oficial del ciberseguro en España. El anexo de la Ley 20/2015 enumera los ramos del seguro distinto del de vida y no hay un ramo «ciber»: estas pólizas se reparten entre el ramo 13 (responsabilidad civil en general) y el 16 (pérdidas pecuniarias diversas). Por eso ni la DGSFP ni UNESPA publican serie de primas ni de siniestralidad específica — el buscador de UNESPA no devuelve ningún documento sobre ciberseguro, mientras sí los devuelve para autos, salud o vida. Las cifras de volumen y crecimiento que circulan proceden de estimaciones de consultoras y corredurías, no de estadística pública
  • No hay dato oficial de cierres tras un ciberataque en España: INCIBE no hace ese seguimiento
  • La directiva NIS2 incrementa la demanda, aunque no hay cifra oficial de cuántas entidades españolas quedarán obligadas: depende de los anexos I y II, del tamaño y de las designaciones que haga la norma de transposición
  • Siniestralidad: no hay ratio publicado para el ramo en España, por la razón anterior. Las comparativas internacionales que se citan proceden de encuestas de reaseguradores, no de datos supervisados

Precio del ciberseguro por tamaño de empresa

No hay una tabla fiable de primas por tramo de plantilla: circulan varias y ninguna cita de dónde sale. Las aseguradoras no publican tarifas, y el precio depende del sector, la facturación, el límite contratado, la franquicia y —sobre todo— de las medidas de seguridad que se declaren en el cuestionario. Pedir dos o tres cotizaciones con el mismo cuestionario dice más que cualquier horquilla.

Factores que incrementan la prima

FactorImpacto en primaPor que
Sector sanitario (HIPAA/RGPD datos salud)+30-50%Mayor regulación + datos sensibles
Sector financiero (PCI DSS/PSD2)+30-50%Objetivo prioritario de ataques
Datos de tarjetas de pago (PCI)+20-40%Notificaciones masivas obligatorias
Sin MFA implementado+25-50% o exclusión directaMFA previene 99% de ataques con credenciales
Sin backups offline/inmutables+20-30%Ransomware destruye backups accesibles
Historial de incidentes previos+40-100%Riesgo demostrado estadísticamente
Facturación internacional (multi-jurisdicción)+15-25%Múltiples marcos regulatorios
Datos de menores (COPPA/RGPD art. 8)+30-50%Sanciones agravadas
Sin parches en 90 días (CVE críticos)+15-30%Vulnerabilidades explotables conocidas
Teletrabajo sin VPN/ZTNA+10-20%Superficie de ataque ampliada

Factores que reducen la prima

FactorReducción estimadaCómo implementar
MFA en todos los accesos remotos-15-25%Azure AD, Okta, Duo, Google Workspace
Backups offline/inmutables probados-10-20%3-2-1 rule: 3 copias, 2 medios, 1 offsite
Certificación ISO 27001-10-20%Auditoría anual acreditada
SOC 2 Type II-10-15%Para empresas SaaS
Auditoría de ciberseguridad previa-15-25%Contrato perito antes de contratar seguro
Plan de respuesta a incidentes documentado-5-15%Testado al menos anualmente
EDR/XDR desplegado-5-10%CrowdStrike, SentinelOne, Microsoft Defender
Formación anual empleados en ciberseguridad-5-10%Phishing simulations + awareness

El papel del perito informático forense en reclamaciones de ciberseguros

El perito informático forense interviene en 4 momentos clave del ciclo del ciberseguro:

1. Evaluación previa del riesgo (pre-siniestro)

Antes de emitir la poliza, la aseguradora envía un cuestionario de seguridad (underwriting questionnaire). El perito puede auditar el estado real de la ciberseguridad de la empresa y asesorar sobre las respuestas. Declarar medidas de seguridad que no se implementan es la causa número uno de denegación del siniestro (art. 10 Ley Contrato de Seguro: deber de declaración del riesgo). Las empresas que contratan una auditoría previa suelen obtener mejores condiciones de prima y, sobre todo, eliminan el riesgo de que se les deniegue la cobertura por declaración inexacta del riesgo.

2. Investigación del incidente (siniestro)

Cuando ocurre el ciberataque, el perito investiga: vector de ataque, cronología completa (first compromise to detection), datos afectados (tipo, volumen, sensibilidad), alcance del daño (sistemas afectados) y eficacia de las medidas de contención. Su informe, que puede apoyarse en las pautas de ISO/IEC 27037 para identificar, recoger y preservar la evidencia, es la base para la reclamación ante la aseguradora. El informe debe seguir metodología ISO 27037 y documentar la cadena de custodia de toda la evidencia digital recogida.

3. Cuantificación del daño (post-siniestro)

El perito cuantifica las pérdidas con detalle: datos destruidos (valor de reposicion + valor intrinseco), sistemas afectados (hardware + software + licencias), tiempo de inactividad (lucro cesante día a día), costes de restauración (horas de trabajo, subcontrataciones, hardware temporal), costes regulatorios (notificación AEPD, defensa ante procedimiento) y daños reputacionales (pérdida de clientes medible). Esta cuantificacion es la que la aseguradora evalua para determinar la indemnización.

4. Tercer perito (discrepancia)

Cuando asegurado y aseguradora no se ponen de acuerdo sobre la valoración del siniestro, el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro establece el mecanismo de tercer perito. Es el área donde la intervención de un perito de parte marca más diferencia. El alcance depende de cada caso y no puede anticiparse como media (más abajo detallo uno en el que la valoración final más que dobló la oferta inicial de la aseguradora).


El mecanismo de tercer perito (art. 38 Ley Contrato de Seguro): los 10 pasos

Art. 38 Ley 50/1980 de Contrato de Seguro

Cuando asegurado y aseguradora discrepan sobre la cuantificacion del siniestro, cada parte nombra un perito. Si los dos peritos no alcanzan acuerdo, se designa de común acuerdo un tercer perito; de no haberlo, la designación se hace por el procedimiento de jurisdicción voluntaria. El dictamen pericial conjunto se emite en el plazo que fijen las partes o, en su defecto, en treinta días desde la aceptación del tercero, y es impugnable judicialmente en los plazos del propio art. 38 — no es inatacable. Este mecanismo es especialmente relevante en siniestros cyber, donde la cuantificacion técnica del daño requiere conocimientos forenses especializados que los peritos generalistas de las aseguradoras frecuentemente no tienen.

  1. Comunicación del siniestro (día 0): El asegurado notifica el ciberincidente a la aseguradora dentro del plazo de la póliza. Conviene saber cuál es el legal: el art. 16 LCS da siete días desde que se conoce el siniestro «salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio»; muchas pólizas ciber aprietan ese plazo a 48 o 72 horas, así que hay que leerlo. Consejo: notificar por escrito (burofax o email con acuse) y conservar copia.

  2. Apertura de expediente (día 1-3): La aseguradora abre expediente y activa su panel de respuesta (normalmente: firma forense + abogados + RRPP de crisis).

  3. Investigación del panel (día 1-14): La firma forense del panel de la aseguradora investiga el incidente. Su objetivo es doble: documentar lo ocurrido Y evaluar si se cumplen las condiciones de la poliza.

  4. Primera valoración de la aseguradora (día 15-30): La aseguradora comunica su decisión: cobertura total, cobertura parcial o denegación. Si es parcial o denegación, detalla los motivos.

  5. Designación de perito de parte (si hay discrepancia): El asegurado nombra un perito informático forense de su confianza. Este perito realizara su propia investigación independiente y emitira su propia valoración del daño.

  6. Investigación del perito de parte (15-30 días): El perito de parte analiza la evidencia digital, cuantifica las pérdidas con detalle y elabora un contra-informe rebatiendo las alegaciones de la aseguradora.

  7. Intento de acuerdo entre peritos (5-10 días): Los peritos de ambas partes intentan llegar a un acuerdo sobre la cuantificacion. Se reunen, intercambian informes y negocian. Si coinciden, el proceso termina.

  8. Designación de tercer perito (si no hay acuerdo): Se nombra un tercer perito de común acuerdo entre las partes. Si no se ponen de acuerdo en la persona, cualquiera de las partes puede solicitar al juez de primera instancia del lugar del siniestro que lo designe (art. 38.4 LCS).

  9. Valoración del tercer perito (15-30 días): El tercer perito examina los informes de ambas partes, puede solicitar información adicional y emite su propia valoración. Generalmente, su cifra se situa entre las dos valoraciones, pero no necesariamente en el punto medio.

  10. Pago vinculante (40 días desde valoración): La valoración del tercer perito es vinculante para ambas partes. El coste del tercer perito se reparte al 50% (art. 38.5 LCS). La aseguradora debe pagar en los 40 días siguientes. Si se retrasa, devenga el interés de demora del art. 20 LCS (el interés legal del dinero incrementado en un 50 %, con un mínimo del 20 % anual una vez transcurridos dos años).

Costes del procedimiento de tercer perito:

ConceptoCoste aproximadoQuien paga
Perito de parte del aseguradoSegún encargoAsegurado (cubierto por la póliza en muchos casos)
Perito de la aseguradoraInternoAseguradora
Tercer peritoSegún encargoEl art. 39 LCS reparte: cada parte satisface los honorarios de su perito, y los del tercero y demás gastos van por mitad

No hay importes que citar: nadie publica tarifas de peritación de siniestros ciber, y el art. 39 regula el reparto, no la cuantía.

Por qué compensa plantearlo: el coste del tercer perito se reparte al 50 % y es conocido de antemano, mientras que la diferencia en discusión suele ser un múltiplo de esa cifra. En el caso que detallo más abajo, la valoración pasó de 180.000 a 472.000 euros. Es un caso, no una media: la desviación entre la oferta inicial y la valoración final depende de qué partidas discuta la aseguradora y de lo bien documentado que esté el siniestro, y no puedo anticipar un resultado.


Las 8 razones por las que las aseguradoras deniegan reclamaciones

No existe una estadística publicada del reparto de motivos de denegación en ciberseguros: no es un ramo con estadística propia en la clasificación de la DGSFP, así que cualquier porcentaje que circule no procede de fuente oficial. Lo que sigue es el orden en que me los he encontrado peritando reclamaciones, con la base legal que invoca la aseguradora en cada caso.

RazónBase legal invocadaEjemploCómo rebatir cómo perito
1. Negligencia en seguridad básicaExclusión contractual, y art. 10 LCS si la medida se declaró en el cuestionario y no existíaEmpresa sin MFA, contraseñas por defectoDemostrar que la brecha no habría sido evitada por MFA (lateral movement post-phishing)
2. Incumplimiento medidas declaradasArt. 10 LCS: reserva o inexactitud en la declaración del riesgoDeclaro tener backups diarios pero solo hacia semanalesDemostrar que backups semanales cumplian el estándar de la industria para ese sector y tamaño
3. Retraso en notificaciónArt. 16 LCS: siete días desde que se conoce el siniestro, salvo plazo más amplio en póliza. No confundir con las 72 horas del art. 33 RGPD, que es para notificar a la AEPDNotifico el ransomware 15 días despuésDemostrar que la empresa no tuvo conocimiento efectivo hasta la fecha de notificación. El art. 16 exige daños y perjuicios probados, y la pérdida del derecho a indemnización solo opera con dolo o culpa grave
4. Falta de evidencia forenseCláusula de cooperación, y art. 17 LCS: deber de emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuenciasFormateo servidores antes de investigarRecuperación parcial via backups, logs cloud, network captures
5. Siniestro anterior no declaradoArt. 10 LCS: deber de declaración según el cuestionarioSufrio brecha en 2024 sin declararla al contratarDemostrar que la brecha anterior no era material o fue debidamente gestionada
6. Actuación empleado internoExclusión contractualEmpleado desleal exfiltra datosDemostrar que fue un ataque externo facilitado por ingeniería social al empleado
7. Exclusión guerra ciberneticaCláusula de exclusión belicaAtaque atribuido a actor estatal (APT)Demostrar que no hay atribución oficial por gobierno/OTAN (precedente NotPetya: Zurich vs Mondelez)
8. Período de espera no cubiertoCláusula de carenciaLucro cesante con espera 24h, interrupción duro 18hDemostrar que la interrupción real fue mayor si se contabiliza restauración completa

Un matiz sobre el art. 10: no tiene apartados numerados. Es un artículo de párrafos, así que las citas del tipo «art. 10.1» o «art. 10.3 LCS» que circulan no se corresponden con su estructura.

Cómo evitar la denegación: 8 recomendaciones

  1. Responder al cuestionario con honestidad: La reserva o inexactitud al responder el cuestionario permite al asegurador rescindir el contrato (art. 10 LCS)
  2. Implementar MFA antes de contratar: Es la medida que más aseguradoras exigen cómo condición sine qua non
  3. Documentar todas las medidas de seguridad: Screenshots, configuraciones, logs de implementación
  4. Notificar inmediatamente: Idealmente en las primeras 24 horas, por escrito con acuse de recibo
  5. No destruir evidencia: No formatear, no reinstalar, no “limpiar” antes del forense
  6. Contratar perito de parte desde el minuto uno: Antes de que el forense de la aseguradora emita su informe
  7. Conservar logs de red y cloud: Los logs son la evidencia que permite reconstruir el ataque
  8. Leer la poliza completa antes del siniestro: Conocer exclusiones, períodos de espera y límites

NIS2 y su impacto en el mercado de ciberseguros

La Directiva NIS2 (Directiva UE 2022/2555) tiene un impacto directo en el mercado de ciberseguros, aunque conviene situar bien su estado: España no la ha transpuesto todavía. El plazo venció el 17 de octubre de 2024 y la Comisión Europea abrió procedimiento de infracción por el incumplimiento; la ley de transposición sigue en tramitación y el marco vigente es NIS1. Lo que ya opera es el efecto indirecto sobre la contratación de pólizas:

Aspecto NIS2Impacto en cibersegurosImplicación práctica
Medidas de gestión de riesgos (art. 21)Las aseguradoras miran el cumplimiento al suscribirEl nivel de madurez influye en la prima; no hay recargo publicado que citar
Notificación escalonada (art. 23): alerta temprana a 24 h, notificación a 72 h e informe final al mesEl destinatario es el CSIRT o la autoridad competente, no la aseguradoraConviene no confundir ese plazo con el del art. 16 LCS
Gobernanza (art. 20): los órganos de dirección aprueban las medidas, supervisan su aplicación y responden del incumplimientoHa aumentado el interés por el D&OLa Directiva no convierte por sí sola a los consejeros en deudores civiles ni obliga a contratar D&O
Sanciones (art. 34): esenciales, hasta 10 M€ o el 2 % del volumen de negocios anual mundial; importantes, 7 M€ o el 1,4 %Incrementa la demanda de cobertura de sancionesNueva cobertura en pólizas ciber
Sectores esenciales e importantes (Anexos I y II)Sin cifra oficial de entidades españolas obligadasCrecimiento esperado, sin proyección publicada
Gestion de riesgos cadena suministro (Art. 21.2.d)Grandes empresas exigen ciberseguro a proveedoresEfecto cascada: PYMEs proveedoras necesitan seguro
Evaluación de la eficacia de las medidas (art. 21.2.f) y ciberhigiene y formación (art. 21.2.g)Las aseguradoras aprovechan esa documentación al suscribirNinguna de las dos letras impone «auditorías obligatorias periódicas» con esa rúbrica

Sobre las previsiones de mercado: circulan cifras de volumen y penetración a varios años atribuidas a reaseguradores y consultoras. Conviene manejarlas con reserva: al no ser el ciber un ramo autónomo en la Ley 20/2015, no hay una base estadística supervisada de la que salgan esas series, y el organismo que agrupa al sector en España no publica documentación sobre esta materia. Lo que sí es verificable es el motor: NIS2 amplía el perímetro de empresas obligadas a gestionar el riesgo, y el art. 21.2.d) de la directiva extiende la exigencia a la cadena de suministro.


Caso práctico 1: ransomware, denegación y tercer perito

Escenarios ilustrativos

Los tres casos de esta sección son escenarios construidos sobre tipologías reales de la práctica pericial en siniestros ciber: explican cómo se comporta el expediente y qué decide la cobertura, no relatan siniestros concretos. Los perfiles de empresa, las aseguradoras que aparecen, los importes y los desenlaces no corresponden a un procedimiento identificable. La técnica y los preceptos, en cambio, sí son exactos.

Situación: Una empresa de logística con 120 empleados sufre un ataque de ransomware LockBit 3.0. Los atacantes cifran 47 servidores y exigen 250.000 EUR en Bitcoin. La empresa tiene un ciberseguro con cobertura de dos millones de euros, prima anual 6.200 EUR.

Cronología del siniestro:

DíaHoraEvento
Día 006:15Ransomware detectado. Cifrado completo de 47/52 servidores.
Día 007:30IT aísla red. Activa plan de contingencia.
Día 010:00Notificación a la aseguradora via formulario online + email.
Día 014:00Panel de respuesta activado: CrowdStrike (forense) + Cuatrecasas (legal).
Día 1-3-CrowdStrike investiga. Vector: RDP expuesto a internet (puerto 3389), explotado a través de una vulnerabilidad del propio servicio que no requiere credenciales.
Día 416:00Aseguradora comunica: denegación parcial. Motivo: negligencia (RDP sin MFA), violación art. 10 LCS.
Día 5-14-Restauración parcial desde backups en Google Cloud. Pérdida de 72h de datos transaccionales.
Día 20-AEPD notificada (brecha datos personales 2.400 empleados + 15.000 clientes).
Día 30-La empresa cierra la cuantificación de pérdidas y la traslada a la aseguradora.
Día 35-Aseguradora ofrece 180.000 EUR (solo lucro cesante parcial, excluye negligencia).
Día 40-Empresa me contrata cómo perito informático de parte.

Mi investigación cómo perito de parte:

HallazgoEvidenciaImpacto en reclamación
RDP estaba en plan de migración a VPN, aprobado por CTO el 12/01Email interno + ticket Jira #2847Mitiga alegacion de negligencia: empresa actuaba diligentemente
MFA estaba en 85% de sistemas (43/50). RDP legacy era excepción documentadaLogs Azure AD + informe IT trimestralNo era negligencia sistemática, era excepción puntual en transicion
Cuestionario preguntaba “MFA en acceso remoto?” y empresa marco “Si”Cuestionario original firmadoParcialmente cierto (85% vs 100%): debatible, no inexactitud dolosa
Backups cloud funcionaron: recuperación del 70% datosLogs Google Cloud + restore timelineReducción daño real: empresa mitigo activamente
Lucro cesante real: 14 días interrupción parcial (no 5 cómo cálculo aseguradora)Logs ERP + facturas clientes canceladasDiferencia de 310.000 EUR en lucro cesante
Costes restauración reales: 95.000 EUR (no 40.000 cómo ofrecio aseguradora)Facturas proveedores + horas internasDiferencia de 55.000 EUR verificable
Una vulnerabilidad en el servicio de escritorio remoto puede explotarse sin credenciales, de modo que el segundo factor no intervieneAdvisory del fabricante y prueba de concepto públicaEl MFA no habría evitado ese vector, y es lo que hay que acreditar ante la aseguradora: el vector era una vulnerabilidad, no credenciales

Resultado del tercer perito (designado judicialmente):

ConceptoOferta aseguradoraMi valoración (parte)Tercer perito (vinculante)
Lucro cesante120.000 EUR430.000 EUR340.000 EUR
Restauración sistemas40.000 EUR95.000 EUR82.000 EUR
Forense y respuesta20.000 EUR45.000 EUR38.000 EUR
Notificación RGPD0 EUR15.000 EUR12.000 EUR
Total180.000 EUR585.000 EUR472.000 EUR

La empresa recibio 472.000 EUR en lugar de los 180.000 EUR inicialmente ofrecidos. Mi honorario fue 8.500 EUR. La diferencia se concentró en las partidas de lucro cesante y de reconstrucción de sistemas, que la oferta inicial no valoraba.


Caso práctico 2: brecha de datos y reclamación RGPD

Situación: Una clinica dental con 35 empleados sufre una brecha de datos que expone historiales médicos de 8.200 pacientes. Ciberseguro con cobertura de medio millón de euros. La AEPD abre expediente sancionador.

Cronología:

EventoDetalle
Día 0Empleado cae en phishing sofisticado (email que suplanta laboratorio dental habitual)
Día 0-14Atacante accede al sistema durante 14 días sin detección (dwell time)
Día 14Atacante exfiltra 8.200 historiales en formato PDF
Día 15IT detecta acceso anómalo via alerta del antivirus
Día 16Notificación a MAPFRE (dentro de plazo 72h)
Día 17Panel S21sec investiga. Confirma brecha
Día 30MAPFRE cubre respuesta + notificación, pero limita lucro cesante a 5 días (real: 22 días parciales)

Mi informe cómo perito de parte:

  • Vector: Spear phishing con dominio typosquatting (laboratorio-dental.es vs laboratorio-dentaI.es, “I” mayuscula en lugar de “l”)
  • Dwell time: 14 días. Demostre que el antivirus (Kaspersky Endpoint) tenía firmas actualizadas pero no detecto lateral movement via PowerShell encoded commands
  • Datos expuestos: 8.200 historiales con datos de salud (categoría especial RGPD art. 9)
  • Lucro cesante real: 22 días de operativa reducida (50% capacidad) = 34.000 EUR, no 5 días x 100% = 8.000 EUR cómo cálculo MAPFRE

Resultado del escenario: la aseguradora revisa al alza la indemnización tras el informe pericial y se cierra por acuerdo directo, sin llegar al tercer perito. El expediente sancionador ante la AEPD siguió su curso y la póliza cubrió los gastos de defensa jurídica, no la multa. Conviene entender por qué solo eso: las pólizas de ciberriesgo cubren la defensa jurídica ante la autoridad de control, pero no la multa en sí, cuya asegurabilidad está jurídicamente discutida. Mi honorario: 4.200 EUR.


Caso práctico 3: fraude BEC y exclusión por “actuación voluntaria”

Situación: El departamento financiero de una constructora (85 empleados) recibe un email del “CEO” (spoofing) ordenando una transferencia urgente de 145.000 EUR a un proveedor chino. El email proviene de un dominio idéntico al de la empresa pero con una letra diferente. La contable ejecuta la transferencia. La aseguradora (Hiscox CyberClear) deniega la reclamación alegando “actuación voluntaria del empleado” (exclusión por actos conscientes).

Mi investigación cómo perito:

HallazgoEvidenciaImplicación
Dominio spoofing: constructora-lopez.es vs constructora-Iopez.esCabeceras email (X-Originating-IP)Ataque sofisticado, no detectable a simple vista
Email pasaba SPF, DKIM y DMARC (spoofing del display name, no del dominio)Análisis cabeceras RFC 5322Los controles técnicos no lo detectaron
Historial de transferencias similares: 12 en los últimos 6 mesesExtractos bancariosPatrón coherente, no anómalo para la contable
La empresa no tenía procedimiento de doble verificación para transferenciasPolítica interna de pagosFalta de control interno, no negligencia del empleado
La contable tenía 22 años de experiencia sin incidentesExpediente laboralNo fue imprudencia temeraria

Argumento rebatido: La “actuación voluntaria” se refiere a actos intencionalmente daninos del empleado (insider threat). El fraude BEC no es una actuación voluntaria: la contable fue enganada por un ataque de ingeniería social. El artículo 19 de la Ley de Contrato de Seguro solo exonera al asegurador cuando el siniestro «haya sido causado por mala fe del asegurado», que es cosa muy distinta de haber sido engañado. Ahí está la distinción entre voluntariedad del acto y voluntariedad del daño.

Resultado del escenario: la aseguradora revoca la denegación y paga, con la franquicia y el coaseguro aplicados según condicionado. El honorario pericial es una fracción de lo recuperado, que es lo que hace que la vía tenga sentido.


Exclusiones habituales en polizas de ciberseguros: tabla completa

Las exclusiones dependen de cada condicionado, y nadie publica con qué frecuencia aparece cada una en el mercado español: los porcentajes que circulan no salen de ningún estudio que haya podido abrir. La tabla recoge las exclusiones habituales, no su prevalencia.

ExclusiónDescripciónPosibilidad de cobertura adicional
Guerra y terrorismoAtaques atribuidos a estados o grupos terroristasExclusión habitual (debate NotPetya)
Infraestructura críticaFallos masivos de proveedores cloudCobertura específica disponible en algunos productos
Actos dolosos del aseguradoFraude o sabotaje intencionado por directivosNo asegurable: el art. 19 LCS exime al asegurador cuando el siniestro «haya sido causado por mala fe del asegurado»
Nuclear/NBQRIncidentes nucleares, biológicos, químicos, radiológicosNo asegurable en póliza ciber
Pago de rescate ransomwarePago directo del rescate (no los costes de respuesta)Disponible en algunos productos
Sanciones OFAC/SDNPagos a entidades sancionadas internacionalmenteNo asegurable
Desgaste y obsolescenciaFallos por falta de actualización o mantenimientoNo asegurable
Reclamaciones conocidasIncidentes previos a la contrataciónCobertura retroactiva limitada
Propiedad intelectualInfracción de patentes o copyright no accidentalCobertura IP separada
Mejora de sistemasCostes de upgrade que mejoren la seguridad previa al incidenteSolo restauración al estado anterior

Preguntas relacionadas

1. Es obligatorio tener un ciberseguro en España?

No es obligatorio con carácter general en 2026, pero la tendencia normativa apunta hacia la obligatoriedad de facto. La directiva NIS2 —aún sin transponer en España: el Anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad se aprobó en Consejo de Ministros en enero de 2025 y sigue sin tramitación parlamentaria— exige a las entidades esenciales e importantes medidas de gestion de riesgos que incluyen la “transferencia de riesgo” (Art. 21.2.a), lo que implicitamente incluye seguros. Además, un número creciente de licitaciones públicas (LCSP) y contratos B2B ya exigen ciberseguro cómo requisito para participar. El RGPD no obliga a contratar seguro, pero las sanciones de la AEPD (hasta 20M EUR o 4% facturación) hacen que sea una decisión financiera prudente. La DGSFP (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) ha manifestado que estudia la posibilidad de hacer obligatorio el ciberseguro para ciertos sectores (sanidad, finanzas, infraestructuras críticas).

2. El ciberseguro cubre las multas de la AEPD?

Depende de la jurisdicción y la poliza. En España, la asegurabilidad de multas administrativas es un tema debatido y no he localizado un pronunciamiento de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que lo cierre. Algunas polizas cubren los “gastos de procedimiento regulatorio” (abogados, peritos, recursos) y los “costes de defensa ante autoridades” (preparación escrito alegaciones, recurso contencioso), pero no la multa en si. Otras incluyen cobertura de “sanciones asegurables” (terminología ambigua que deja margen interpretativo). La Sala de lo Contencioso del TS no se ha pronunciado sobre la asegurabilidad de sanciones RGPD. La tendencia del mercado: gastos de defensa si, multa directa depende de la naturaleza (culposa vs dolosa) y de la poliza concreta. Mi recomendación: leer la cláusula de “regulatory proceedings” de la poliza antes de suscribirla.

3. Que pasa si mi empresa sufre un ciberataque y no tiene seguro?

Sin ciberseguro, la empresa asume todos los costes directamente: forense digital, restauración de sistemas, notificación a los afectados, lucro cesante —que suele ser la partida mayor— y, en su caso, multas RGPD (si aplican) y reclamaciones de terceros. El coste medio de un ciberincidente para una pyme suele cifrarse en torno a los 35.000 EUR —una cifra de uso común en el sector, no publicada por el INCIBE, cuyo Balance no calcula coste por incidente—, y un ataque de ransomware puede superar con holgura esa cantidad. Y el problema no suele ser el coste directo, sino la combinación de interrupción operativa + pérdida de clientes + costes de restauración + posibles sanciones.

4. Cómo actua el perito de la aseguradora y cómo se diferencia del perito de parte?

El perito de la aseguradora —normalmente una firma del panel que la propia compañía tenga contratado— investiga el incidente con un doble objetivo: documentar lo ocurrido Y evaluar si se cumplen las condiciones de la poliza. Su informe incluye una sección de “coverage analysis” que busca motivos de exclusión, reducción de cobertura o concurrencia de culpa del asegurado. El perito de parte del asegurado investiga el mismo incidente pero defendiendo los intereses del cliente: maximizar la cuantificacion del daño, rebatir alegaciones de negligencia, demostrar que las exclusiones no aplican y documentar la diligencia previa de la empresa. Ambos informes se contrastan en el proceso de ajuste del siniestro. Contar con perito de parte suele mejorar de forma apreciable la indemnización finalmente reconocida, porque el ajuste deja de apoyarse solo en el informe de la aseguradora.

5. Se puede contratar un perito forense antes de tener un siniestro?

Sí, y tiene sentido hacerlo antes del siniestro y no después. Un perito puede realizar una auditoría previa que sirve para: (1) responder con precisión al cuestionario de la aseguradora (evitando declaraciones inexactas que causen denegación), (2) identificar vulnerabilidades que podrían causar exclusión (RDP expuesto sin MFA = denegación casi segura), (3) documentar el estado de seguridad cómo baseline para comparar en caso de siniestro, y (4) obtener mejores condiciones de prima con una auditoría previa documentada. En mi experiencia, una auditoría pre-seguro cuesta entre 2.000 y 5.000 EUR y se amortiza con creces si llega el siniestro.

6. Cuanto tarda la aseguradora en pagar un siniestro cyber?

No hay estadística publicada de plazos de resolución en este ramo, así que cualquier «media» que circule no tiene de dónde salir. Lo que sí está en la ley: el art. 18 LCS obliga al asegurador a pagar el importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los cuarenta días desde la declaración del siniestro, y el art. 20 sanciona la mora con el interés legal incrementado en un 50 %. Si se activa el tercer perito, el art. 38 le da treinta días desde su aceptación salvo pacto distinto. La Ley de Contrato de Seguro establece que la aseguradora debe pagar la indemnización mínima indiscutida en los 40 días siguientes a la comunicación del siniestro (art. 18 LCS). Si se retrasa más allá de los 40 días, devenga el interés de demora del art. 20 LCS: el interés legal del dinero incrementado en un 50 %, que una vez transcurridos dos años no puede ser inferior al 20 % anual. En la práctica, las aseguradoras suelen ofrecer un pago parcial rápido (60-70% del mínimo no discutido) mientras se negocia el resto, precisamente para evitar los intereses moratorios.


¿Sabes qué tendrías que poder demostrar si te lo piden mañana?

La diferencia entre un incidente gestionado y uno sancionado suele estar en qué quedó registrado, no en qué se hizo.

Referencias y fuentes

  1. Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Artículos 10 (deber declaración), 16 (comunicación siniestro), 18 (pago indemnización), 20 (intereses moratorios), 38 (peritos y tercer perito). BOE num. 250, de 17 de octubre de 1980.

  2. INCIBE. (2025). “Balance de ciberseguridad 2025: 122.223 incidentes gestionados”. Instituto Nacional de Ciberseguridad de España. Leon. Disponible en: https://www.incibe.es/

  3. Directiva (UE) 2022/2555 (NIS2). Aún no transpuesta en España: el anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad se aprobó en Consejo de Ministros en enero de 2025 y sigue sin tramitación parlamentaria.

  4. Munich Re. (2025). “Global Cyber Risk and Insurance Survey 2025”. Análisis global del mercado de ciberseguros y tendencias de siniestralidad.

  5. VeeamFrom Risk to Resilience: 2025 Ransomware Trends, encuesta a 1.300 organizaciones; las cifras de recuperación están en su nota de prensa: de las atacadas, el 57 % recuperó menos de la mitad de sus datos y solo el 10 % más del 90 %. ⚠️

  6. SophosThe State of Ransomware 2025 (whitepaper de junio de 2025), encuesta a 3.400 responsables de TI y seguridad en 17 países. Verificado literal: el 97 % de las organizaciones que sufrieron cifrado recuperó su información, el 54 % restauró desde copias y el 49 % pagó el rescate, frente al 56 % del año anterior. ⚠️ El informe es global y no desglosa España.

  7. AEPDMemoria 2024: de los procedimientos sancionadores finalizados en 2024, 281 impusieron multa —frente a los 367 de 2023, un 23 % menos— por un importe total de 35.592.200 €, con una multa media en torno a los 125.000 €.

  8. Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD). Artículos 33 (notificación brechas a autoridad), 34 (comunicación a interesados). DOUE L 119, de 4 de mayo de 2016.

  9. Ley 50/1980, de Contrato de Seguroart. 19: el asegurador no está obligado a indemnizar cuando el siniestro «haya sido causado por mala fe del asegurado». Es el precepto sobre el que gira la discusión entre voluntariedad del acto y voluntariedad del daño en el fraude BEC con ciberseguro. Referencia para exclusión de “actos voluntarios”.


Última actualización: Agosto 2026 Categoría: Gestion de Riesgos (GR-010) Nivel técnico: Intermedio Relevancia: Muy Alta (NIS2 incrementa la demanda de ciberseguros en España)

Preguntas Frecuentes

Que cubre un seguro cyber?

Un seguro cyber tipicamente cubre: gastos de respuesta a incidentes, forense digital, notificacion a afectados, responsabilidad civil por brecha de datos, lucro cesante por interrupcion de negocio, extorsion cibernetica (ransomware), fraude electronico, gastos legales y defensa ante procedimientos regulatorios (RGPD/AEPD).

Cuanto cuesta un seguro cyber en España?

Depende del tamaño, el sector, la facturación y las medidas de seguridad declaradas, y las aseguradoras no publican tarifas por tramo de plantilla. La única forma fiable de saberlo es pedir cotización con el cuestionario de suscripción cumplimentado; desconfía de cualquier horquilla que circule sin decir de dónde sale.

El seguro cyber cubre el pago de rescate por ransomware?

Depende de la poliza. Algunas cubren el pago del rescate como ultima opcion (tras agotar alternativas de recuperacion), otras lo excluyen explicitamente. En España, el pago de rescates no es ilegal pero puede implicar financiacion de organizaciones criminales. La tendencia del mercado es hacia la exclusion del pago de rescates.

Que es el mecanismo de tercer perito en seguros cyber?

Cuando asegurado y aseguradora discrepan sobre la cuantificacion del siniestro, el articulo 38 de la Ley de Contrato de Seguro permite que cada parte nombre un perito y, si no hay acuerdo, se designe un tercer perito cuya valoracion es vinculante.

Por que las aseguradoras deniegan reclamaciones de ciberseguros?

Las 8 razones habituales son: negligencia en seguridad basica (sin MFA, sin backups), incumplimiento de medidas declaradas en el cuestionario, retraso en la notificacion del incidente, falta de evidencia forense, siniestro anterior no declarado, actuacion de empleado interno, guerra cibernetica (exclusion), y superacion del periodo de espera.

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Jonathan Izquierdo

Jonathan Izquierdo · Perito Forense

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