IMEI (International Mobile Equipment Identity)
Código único de 15 dígitos que identifica inequívocamente cada dispositivo móvil a nivel mundial. En investigaciones forenses, el IMEI permite rastrear dispositivos robados, vincular terminales con líneas telefónicas y establecer la presencia de un dispositivo en una celda de cobertura en un momento determinado.
IMEI (International Mobile Equipment Identity)
Detrás de cada denuncia por sustracción de un teléfono hay un dato técnico que permite rastrear el dispositivo, identificar al sospechoso y reconstruir sus movimientos: el IMEI. Es un código de 15 dígitos —14 significativos más un dígito de control calculado por el algoritmo de Luhn— que identifica el terminal con independencia de la SIM que lleve dentro, y que la GSMA coordina a través de su Device Registry, que permite a los operadores participantes intercambiar el estado de los terminales denunciados para permitir o bloquear su uso en las redes adheridas. Para un perito informático forense, el IMEI es una pieza de evidencia crítica que conecta hardware, operadora y ubicación en una línea temporal verificable judicialmente.
Definición técnica
El IMEI (International Mobile Equipment Identity) es un identificador numérico asignado a cada equipo de telecomunicaciones móviles que utiliza redes GSM, UMTS, LTE o 5G. Definido por el estándar 3GPP TS 23.003 (ETSI TS 123 003), el IMEI identifica el terminal de forma inequívoca con independencia de la tarjeta SIM insertada.
Estructura del IMEI (15 dígitos)
IMEI: 35391110 765088 0
──────── ────── ─
│ │ └─ Check Digit (dígito de control, algoritmo de Luhn)
│ └────── SNR (Serial Number) — 6 dígitos
└────────────── TAC (Type Allocation Code) — 8 dígitosComponentes detallados:
- TAC (Type Allocation Code): los primeros 8 dígitos identifican fabricante y modelo exacto del dispositivo. Asignados por la GSMA, permiten determinar si un terminal es un Samsung Galaxy S24, un iPhone 15 Pro o cualquier otro modelo registrado
- SNR (Serial Number): 6 dígitos que identifican de forma única cada unidad dentro de un mismo TAC (un modelo puede recibir varios TAC; lo inequívoco es la combinación TAC + SNR)
- Check Digit: dígito de verificación calculado mediante el algoritmo de Luhn, que permite detectar errores de transcripción
El TAC son 8 dígitos, no 6 — y el RBI ya no se cuenta aparte
Es frecuente encontrar el IMEI descompuesto en RBI (2) + TAC (6) + FAC (2) + SNR (6) + CD (1). Esa es la estructura anterior al 1 de enero de 2003, en la que el Reporting Body Identifier eran los dos primeros dígitos de un TAC de 6 y existía un FAC (Final Assembly Code) de 2. Desde esa fecha, el TAC pasó a 8 dígitos —con el RBI integrado en sus dos primeros— seguido de SNR de 6 y CD, y el FAC desapareció. Sumar las dos descomposiciones —hablar de un TAC de 6 y luego de «los primeros 8 dígitos»— delata que la fuente se copió de dos sitios distintos.
El dígito de control se comprueba a mano en un minuto, y conviene hacerlo con cualquier IMEI que llegue en una denuncia: se aplica Luhn a los 14 primeros dígitos y el resultado tiene que coincidir con el decimoquinto. En el ejemplo de arriba, la suma de Luhn de 35391110765088 da 50, así que el dígito de control es 0. Si no cuadra, el IMEI está mal transcrito o fabricado.
IMEISV (16 dígitos)
El IMEISV (IMEI Software Versión) es una variante de 16 dígitos que sustituye el check digit por un campo SVN (Software Versión Number) de 2 dígitos. Este campo identifica la versión del firmware instalado en el dispositivo, lo que resulta relevante en análisis forense para determinar si el software ha sido modificado.
Dispositivos dual SIM
Los smartphones con capacidad dual SIM suelen tener más de un IMEI, pero su número depende de la arquitectura de transceptores y de cuántas suscripciones pueden estar activas a la vez, no del número de ranuras o perfiles eSIM: la GSMA contempla varias UICC/eUICC con un único IMEI cuando solo una puede conectarse simultáneamente. En contexto forense deben documentarse todos los IMEI del equipo, ya que cada uno genera registros separados en las redes de las operadoras.
Dónde se almacena el IMEI
El IMEI es un identificador persistente del equipo: un restablecimiento de fábrica convencional no lo reasigna. Su almacenamiento físico depende del fabricante, el modelo y el chipset —normalmente en una zona protegida gestionada por el procesador de banda base—, por lo que una ruta concreta hallada en un terminal no debe generalizarse a todo Android.
- Procesador de banda base (modem): mantiene el IMEI en una zona no volátil, con independencia del sistema operativo principal
- Etiqueta física, bandeja SIM, caja y factura: fuentes de contraste externas al software del dispositivo
Cómo obtener el IMEI
Marcación USSD: Teclear
*#06#en el marcador telefónico muestra el IMEI en pantalla (funciona en todos los dispositivos GSM/LTE)Ajustes del sistema: En Android: Ajustes > Acerca del teléfono > Estado > Información del IMEI. En iOS: Ajustes > General > Información
Bandeja SIM: En muchos smartphones modernos, el IMEI aparece grabado en la bandeja extraíble de la SIM
Caja original: El fabricante imprime el IMEI en la etiqueta de la caja del producto y en la factura de compra
IMEI en investigaciones forenses
El IMEI es una pieza angular en múltiples líneas de investigación forense digital. Su valor probatorio radica en que vincula un dispositivo físico con registros de red generados por las operadoras de telecomunicaciones.
Triangulación y registros de celdas
Cuando un dispositivo genera actividad de red (llamada, SMS, datos), la operadora puede registrar el IMEI junto con el identificador de celda (Cell ID), la fecha y la hora. Estos registros permiten:
- Ubicar un dispositivo en una zona geográfica concreta en un momento determinado
- Reconstruir rutas de desplazamiento mediante la secuencia de celdas a las que se conectó el terminal
- Establecer co-localización entre dos dispositivos (por ejemplo, víctima y sospechoso) que se conectaron a la misma celda en el mismo intervalo temporal
Identificación del dispositivo en casos penales
En investigaciones criminales, el IMEI permite:
- Vincular un terminal a múltiples tarjetas SIM: Si un sospechoso cambia de SIM, el IMEI permanece constante en los registros de la operadora, revelando todas las líneas telefónicas utilizadas con ese dispositivo
- Identificar dispositivos robados: Cruzando el IMEI denunciado con los registros de red, las fuerzas de seguridad pueden determinar qué SIM se insertó tras el robo y en qué celdas se utilizó
- Asociar dispositivos a personas: A través de la vinculación IMEI-IMSI (identidad del abonado en la SIM), se establece la cadena dispositivo-línea-titular
Detección de clonación y spoofing de IMEI
En ciertos escenarios delictivos, los criminales intentan alterar el IMEI para evitar el rastreo. La detección forense de estas manipulaciones incluye:
- Duplicados en red: Dos dispositivos transmitiendo el mismo IMEI generan conflictos de registro que las operadoras pueden detectar
- Discrepancias TAC-modelo: Un IMEI cuyo TAC corresponde a un iPhone pero se asocia a tráfico de datos Android indica manipulación
- Inconsistencia baseband-software: El IMEI almacenado en el baseband processor puede diferir del reportado por el sistema operativo si ha sido alterado por software
Análisis forense del IMEI
El perito informático forense utiliza múltiples técnicas para extraer, verificar y analizar el IMEI como elemento probatorio.
Extracción del IMEI desde el dispositivo
Extracción lógica (dispositivo operativo):
## Android vía ADB — funciona de forma desigual según versión y fabricante
adb shell service call iphonesubinfo 1
## OJO: esto NO devuelve el IMEI, sino el número de serie del terminal.
## Son identificadores distintos y confundirlos invalida la vinculación.
adb shell cat /efs/FactoryApp/serial_noDesde Android 10 el acceso programático al IMEI está restringido a contextos privilegiados
Android restringió la lectura de los identificadores no reasignables —IMEI y número de serie— a las aplicaciones con permiso privilegiado. El resultado práctico es que service call iphonesubinfo devuelve vacío o falla en buena parte de los terminales actuales, y los getprop que circulan por los foros dependen del chipset y del fabricante: no son un método general.
La vía fiable en un peritaje sigue siendo la que no depende del sistema operativo: *#06# en el marcador, la bandeja SIM, la etiqueta y la factura, contrastadas entre sí, más la lectura de bajo nivel si hay extracción física. Y lo que decide es el contraste: el IMEI que muestra el sistema operativo puede falsearlo un software manipulado; el grabado en el baseband o el de la etiqueta son más difíciles de alterar, pero ninguna fuente es infalsificable —más abajo se describen métodos de reescritura—, por lo que todas deben contrastarse.
Extracción física (imagen forense):
En una imagen forense obtenida mediante herramientas como Cellebrite UFED o JTAG, el IMEI puede localizarse en:
- La zona no volátil gestionada por el procesador de banda base (su ubicación exacta varía por chipset y fabricante)
- En algunos modelos, ficheros de configuración del fabricante en particiones protegidas
La ruta concreta debe determinarse por modelo y validarse; no existe una ubicación universal para todo Android.
Consulta en base de datos TAC
El TAC (primeros 8 dígitos) permite identificar fabricante y modelo consultando bases de datos públicas y de acceso restringido:
- GSMA TAC Database: Base oficial mantenida por la GSMA, accesible para operadoras y fuerzas de seguridad
- Bases públicas: Servicios como imei.info o numberingplans.com ofrecen consultas TAC limitadas
Valor probatorio del TAC
Si el TAC de un IMEI indica que corresponde a un Samsung Galaxy S23 pero el dispositivo incautado es un Xiaomi Redmi Note 12, esa discrepancia es un indicio de manipulación que debe documentarse y contrastarse (validando la base TAC consultada y descartando errores de asociación o transcripción); no es por sí sola una prueba concluyente.
Cruce con registros CDR de operadoras
El análisis forense más valioso del IMEI surge al cruzarlo con los CDR (Call Detail Records) de las operadoras. Este cruce permite:
- Identificar todas las tarjetas SIM que se han utilizado con un dispositivo concreto
- Reconstruir una línea temporal de uso del dispositivo (llamadas, SMS, datos)
- Determinar celdas de cobertura donde se encontraba el dispositivo en fechas concretas
- Detectar cambios de SIM sospechosos (por ejemplo, tras un robo)
IMEI y registros de operadoras (CDR)
Los registros de tráfico son una fuente de datos relevante para la investigación forense basada en IMEI. En España, la Ley 25/2007 obliga a conservar, entre los datos de tráfico de las comunicaciones móviles, el IMEI de las partes.
Datos registrados por las operadoras
Los registros de tráfico pueden incluir, según el servicio, el evento y el sistema del operador, campos como:
| Campo | Descripción | Relevancia forense |
|---|---|---|
| IMEI | Identificador del terminal | Vincula dispositivo a evento |
| IMSI | Identidad del abonado (SIM) | Vincula línea a evento |
| Cell ID | Identificador de celda BTS | Ubica geográficamente |
| Timestamp | Fecha y hora UTC | Establece cronología |
| Tipo evento | Llamada, SMS, datos, handover | Determina actividad |
| Duración | Segundos de conexión | Contexto del evento |
| MSISDN destino | Número llamado/SMS enviado | Vincula comunicaciones |
Obtención mediante orden judicial
En España, el acceso a los registros CDR requiere autorización judicial conforme al artículo 588 ter j de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que regula el acceso a datos de tráfico de comunicaciones electrónicas:
- Quién puede solicitarlo: el juez de instrucción, de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal o de la Policía Judicial (art. 588 bis b LECrim)
- Requisitos: Indicios racionales de delito, necesidad y proporcionalidad de la medida
- Alcance: La orden puede solicitar datos de un IMEI concreto, una línea telefónica o un rango temporal
- Plazo de respuesta: lo fija la resolución judicial según la urgencia y la complejidad; si no lo fija, la Ley 25/2007 (art. 7.3) establece siete días naturales
Conservación de datos
Según la Ley 25/2007 de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas, las operadoras en España están obligadas a conservar los datos de tráfico durante un periodo de 12 meses desde la fecha de la comunicación. Transcurrido este plazo, los datos pueden ser eliminados, haciendo imposible su recuperación.
Plazos de conservación
La Ley 25/2007, de 18 de octubre (que transpuso la Directiva 2006/24/CE) dice, literalmente, algo distinto de lo que suele repetirse:
«La obligación de conservación de datos impuesta cesa a los doce meses computados desde la fecha en que se haya producido la comunicación» (art. 5.1), «Reglamentariamente (…) se podrá ampliar o reducir el plazo (…) hasta un máximo de dos años o un mínimo de seis meses».
- No son «doce meses mínimo», son doce meses de obligación, que es lo contrario: pasado ese plazo el operador deja de estar obligado y puede haberlos borrado. Para un peritaje, la consecuencia es que una solicitud tardía puede volver vacía, y por eso conviene pedir la conservación cautelar cuanto antes.
- Cesión solo con autorización judicial y únicamente a los «agentes facultados» que enumera el art. 6.
- Las medidas de seguridad sobre esos datos están en el art. 8, no en el 6.
Es importante destacar que, aunque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró inválida la Directiva 2006/24/CE en 2014 (asunto Digital Rights Ireland), la Ley 25/2007 sigue vigente en España y las operadoras continúan conservando los datos conforme a sus disposiciones.
Manipulación de IMEI: clonación y cambio
La alteración del IMEI suele buscar impedir el rastreo de dispositivos robados o usados en actividades ilícitas; su tipificación penal específica (art. 286.2 CP) exige ánimo de lucro, como se detalla más abajo.
Tipificación penal en España
Hay un tipo específico, y es el artículo 286.2 del Código Penal:
«Con idéntica pena será castigado quien, con ánimo de lucro, altere o duplique el número identificativo de equipos de telecomunicaciones, o comercialice equipos que hayan sufrido alteración fraudulenta.»
La «idéntica pena» es la del apartado 1: prisión de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses.
El apartado importa tanto como el artículo, y aquí el ánimo de lucro es el elemento que decide
El apartado 1 del mismo artículo 286 castiga algo completamente distinto —facilitar el acceso inteligible a servicios de radiodifusión o de acceso condicional, es decir, la piratería de televisión de pago—. Citarlo para explicar la manipulación de IMEI es un error frecuente, y se detecta solo: el texto que se transcribe no habla de terminales.
Y hay un elemento del 286.2 que no puede omitirse en un informe: exige ánimo de lucro. La alteración sin ese ánimo no encaja en el tipo, de modo que el peritaje debe ceñirse a acreditar la manipulación y sus indicios —quién, cómo, sobre qué terminal—, sin pronunciarse sobre una intención que corresponde valorar al tribunal.
Si el terminal procede de un delito patrimonial, puede concurrir además la receptación del art. 298 CP, que exige comprobar todos sus elementos —ánimo de lucro, conocimiento del delito previo y no haber intervenido en él—; la mera vinculación con un dispositivo sustraído no basta. En cambio no procede hablar de falsedad documental: el IMEI no es un documento, y existiendo un tipo específico no hay que forzar otro.
Métodos técnicos de cambio de IMEI
Nota: esta información se incluye exclusivamente con fines educativos y forenses. La alteración del IMEI con ánimo de lucro está tipificada en el art. 286.2 CP.
- Software (box tools): Herramientas como Sigma Box o Octopus Box permiten reescribir la partición EFS en dispositivos con chipsets vulnerables
- AT Commands: En algunos modelos, comandos AT enviados al baseband processor mediante conexión serial pueden modificar el IMEI
- Flasheo de firmware: Modificar el firmware del modem para alterar el IMEI almacenado en NVRAM
Detección forense de IMEI alterado
El perito informático puede detectar un IMEI manipulado mediante:
- Comparación baseband vs. software: el IMEI reportado por el sistema operativo (
*#06#) puede diferir del almacenado en el baseband. Esa discrepancia es un indicio de manipulación que debe validarse (herramienta, base TAC y descarte de reparaciones o errores de asociación), no una prueba automática - Verificación TAC: Si el TAC no corresponde al fabricante y modelo físico del dispositivo, el IMEI ha sido alterado
- Algoritmo de Luhn: un dígito de control que no valida según el algoritmo de Luhn indica un IMEI mal transcrito o fabricado
- Registros de operadora: un IMEI que aparece simultáneamente en dos celdas incompatibles puede indicar clonación, a confirmar con el resto de la evidencia
- Análisis JTAG/chip-off: En extracciones físicas de bajo nivel, se puede leer el IMEI original grabado en fábrica directamente del chip de memoria
Consecuencias legales
La alteración del IMEI con ánimo de lucro está tipificada por el art. 286.2 CP, con independencia del robo. El perito que detecte un IMEI alterado debe documentarlo como hallazgo relevante, describiendo la manipulación y sus indicios; la concurrencia del tipo y la intención las valora el tribunal.
Caso práctico: robo de terminal e identificación del sospechoso
Escenario ilustrativo
El recorrido de esta sección es un escenario construido sobre una tipología real de la práctica pericial: explica cómo se encadena una investigación basada en IMEI y CDR, no relata un expediente concreto. Los plazos, ubicaciones y desenlaces no corresponden a un procedimiento identificable.
Contexto: La víctima denunció el robo de un smartphone durante un tirón en la vía pública. La policía solicitó al perito informático forense el análisis de los registros CDR asociados al IMEI del dispositivo sustraído.
Proceso de investigación:
Documentación del IMEI: La víctima aportó la factura de compra del terminal con el IMEI impreso. Se verificó que el IMEI correspondía al modelo declarado mediante consulta TAC
Solicitud judicial CDR: El juzgado de instrucción autorizó la cesión de datos de tráfico asociados al IMEI denunciado a las tres principales operadoras
Análisis de registros: Los CDR revelaron que 48 horas después del robo, una nueva SIM fue insertada en el dispositivo. Los registros mostraron llamadas y conexiones de datos desde celdas ubicadas en un barrio concreto de la ciudad
Localización por celda: el cruce de los Cell ID con la base de datos de estaciones base situó el uso habitual del dispositivo en el área de cobertura de unas celdas concretas —una zona, no una coordenada—
Identificación del sospechoso: La SIM insertada tras el robo estaba registrada a nombre de un individuo que residía en la zona acotada por la triangulación. La policía procedió a la detención y recuperó el terminal
Verificación forense: El perito extrajo el IMEI del dispositivo recuperado y confirmó que coincidía con el denunciado, contrastando
*#06#, la etiqueta y la lectura de bajo nivel. Se calculó y documentó un hash criptográfico (SHA-256) de la imagen forense, como parte de la cadena de custodia
Qué aporta la secuencia: el valor del cruce IMEI-SIM-Cell ID no está en ninguno de los tres datos por separado, sino en que el IMEI permanece constante cuando la SIM cambia. Eso es lo que convierte un terminal sustraído en un rastro seguible: quien lo usa puede cambiar de línea, pero no de terminal sin abandonarlo.
Con dos límites que el informe debe declarar y que aquí se ven bien:
- La localización por Cell ID acota un área de cobertura, no un domicilio. Su precisión depende de la densidad de celdas, la sectorización y el entorno, y puede ir de cientos de metros a varios kilómetros; un área urbana densa contiene cientos de viviendas.
- La titularidad de la SIM identifica a un abonado, no a quien manipulaba el terminal. Es un indicio fuerte, no una atribución; presentarlo como tal es lo que después se discute.
Marco legal en España
Normativa aplicable
| Norma | Contenido relevante |
|---|---|
| Ley 25/2007, art. 5.1 | La obligación de conservar los datos de tráfico —IMEI incluido— cesa a los doce meses desde la comunicación |
| Ley 25/2007, arts. 6 y 8 | El 6 regula la cesión: solo con autorización judicial y a los agentes facultados. El 8, las medidas de protección y seguridad de los datos conservados |
| Art. 588 ter j LECrim | Cesión de los datos conservados por los prestadores, solo con autorización judicial |
| Art. 286.2 CP | Alterar o duplicar, con ánimo de lucro, el número identificativo de equipos de telecomunicaciones |
| Art. 298 CP | Receptación: exige ánimo de lucro y conocimiento del delito patrimonial previo; la mera vinculación con un terminal sustraído no basta |
| RGPD (UE 2016/679) | El IMEI es dato personal cuando se vincula a un titular identificado o identificable |
El IMEI como dato personal
El IMEI es un dato personal cuando puede vincularse a una persona física identificada o identificable, y no hace falta buscar un dictamen específico para sostenerlo: se sigue directamente de la definición del art. 4.1 del RGPD, que considera dato personal «toda información sobre una persona física identificada o identificable», incluida la identificable «en particular mediante un identificador, como (…) un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea».
El IMEI es exactamente eso: un identificador que, cruzado con los registros de la operadora, conduce al titular de la línea. De ahí que su tratamiento quede sujeto al RGPD y a la LOPDGDD, y que un peritaje que maneje IMEI ajenos deba acotarse al objeto del encargo y documentar qué quedó fuera.
Requisitos para la admisibilidad judicial del IMEI como prueba
- La obtención de registros CDR con IMEI debe estar amparada por autorización judicial
- El perito informático forense debe documentar la cadena de custodia del IMEI: cómo se obtuvo, de qué fuente y qué verificaciones se realizaron
- La integridad de los datos se verifica mediante un hash criptográfico —SHA-256 es la elección recomendable—, documentando algoritmo, herramienta y valores; el hash contribuye a la cadena de custodia, pero no la sustituye por sí solo
- El informe pericial debe explicar la metodología de forma comprensible para el tribunal
- Y debe separar lo probado de lo inferido: el IMEI acredita el terminal, el CDR acredita la celda, la titularidad acredita al abonado — la persona que lo usaba es una inferencia que se sostiene, o no, con lo demás
La obligación de conservar los CDR cesa a los doce meses
La obligación del operador cesa al año de cada comunicación, así que un procedimiento que tarda en arrancar llega tarde. Solicitud de conservación cautelar, análisis del cruce IMEI-SIM-Cell ID e informe pericial con los márgenes declarados.
Preguntas frecuentes
¿Se puede detectar un IMEI que ha sido modificado?
Sí. Un perito informático forense puede detectar indicios de manipulación comparando el valor reportado por el sistema operativo con el leído de bajo nivel (baseband) y con la etiqueta o la factura. Una discrepancia es un indicio que debe validarse y contrastarse antes de concluir que el IMEI se alteró. La verificación del TAC contra el modelo físico y la validación del dígito de control (Luhn) ayudan a detectar IMEI mal transcritos o fabricados.
¿Cuánto tiempo conservan las operadoras los registros con el IMEI?
La Ley 25/2007 no fija un mínimo, sino un final: la obligación de conservar los datos de tráfico —IMEI incluido— «cesa a los doce meses» desde cada comunicación (art. 5.1), ampliable a dos años o reducible a seis meses por vía reglamentaria. La diferencia importa: pasado el plazo el operador ya no está obligado y puede haberlos borrado, así que una solicitud tardía puede volver vacía. Por eso, en investigaciones penales, conviene identificar cuanto antes el objeto, las fuentes y el periodo relevantes y pedir la conservación cautelar de esos datos concretos (el art. 588 octies LECrim exige datos determinados, no una petición exploratoria).
¿Puede el IMEI demostrar que alguien estaba en un lugar concreto?
El IMEI, cruzado con los registros CDR de las operadoras, permite demostrar que un dispositivo concreto se encontraba en el radio de cobertura de una celda de telecomunicaciones en un momento determinado. Sin embargo, esto prueba la ubicación del terminal, no necesariamente de su propietario. La prueba es indiciaria y debe complementarse con otros elementos (declaraciones, videovigilancia, datos biométricos del dispositivo) para establecer que el titular estaba efectivamente en posesión del terminal.
¿El IMEI cambia si hago un factory reset al teléfono?
No. El IMEI está grabado en la partición EFS y en el firmware del baseband processor, que no se ven afectados por un restablecimiento de fábrica convencional. El factory reset borra los datos del usuario (aplicaciones, fotos, configuraciones), pero el IMEI permanece intacto. Solo herramientas especializadas de bajo nivel pueden alterar el IMEI; hacerlo con ánimo de lucro está tipificado por el art. 286.2 CP.
¿Los dispositivos con eSIM también tienen IMEI?
Sí, un equipo con eSIM tiene IMEI. El número de IMEI depende de la arquitectura de transceptores y de cuántas suscripciones pueden estar activas a la vez, no del número de ranuras o perfiles: un equipo puede tener uno o varios IMEI, y en un peritaje deben documentarse todos.
Referencias y fuentes
GSMA — “IMEI Allocation and Approval Process”, TS.06 v26.0 (1 de julio de 2024). PDF
ETSI/3GPP — “TS 123 003: Numbering, addressing and identification (3GPP TS 23.003)”, V19.7.0 (11 de agosto de 2026; incluye 5G). PDF
Ministerio del Interior — Informe sobre la cibercriminalidad en España, serie de publicaciones periódicas. interior.gob.es — informes de cibercriminalidad
GSMA — Device Registry / IMEI Database (base de datos de identidad de equipos). gsma.com — IMEI Database
BOE - “Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones”, Boletín Oficial del Estado. boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-18243
BOE - “Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículos 588 ter a - 588 ter m”, Boletín Oficial del Estado. boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1882-6036
3GPP — TS 23.003: Numbering, addressing and identification, la especificación que define la estructura del IMEI y del IMEISV. Texto en el PDF de ETSI (V19.7.0)
NIST - “SP 800-101 Rev. 1: Guidelines on Mobile Device Forensics”, National Institute of Standards and Technology, 2014. nvlpubs.nist.gov/nistpubs/SpecialPublications/NIST.SP.800-101r1.pdf
RGPD — Reglamento (UE) 2016/679, art. 4.1: definición de dato personal, que incluye a la persona identificable «mediante un identificador, como (…) un número de identificación». EUR-Lex — Reglamento 2016/679
INCIBE — Guía para configurar dispositivos móviles, en el catálogo de guías de Ciudadanía del Instituto Nacional de Ciberseguridad. incibe.es — guía de configuración
Código Penal - “Artículos 286 y 298, Ley Orgánica 10/1995”, Boletín Oficial del Estado. boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444
TJUE. Digital Rights Ireland, asuntos acumulados C-293/12 y C-594/12, Gran Sala, sentencia de 8 de abril de 2014 (ECLI:EU:C:2014:238) — declara inválida la Directiva 2006/24/CE de conservación de datos. Texto en EUR-Lex (los asuntos acumulados se publican bajo el número del principal).
Última actualización: 10 de febrero de 2026 Categoría: Técnico Relevancia forense: ALTA (identificación dispositivos, rastreo, prueba judicial CDR)
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