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15 min de lectura

WhatsApp en tribunales 2026: qué exigen de verdad las STS 629/2025 y 603/2025

Las STS 629/2025 y 603/2025 no relajan nada: confirman el estándar que el Supremo fijó en 2018. Qué hay que hacer para impugnar una captura y por qué eso decide el caso.

Las STS 629/2025 y 603/2025 no relajan nada: confirman el estándar que el Supremo fijó en 2018. Qué hay que hacer para impugnar una captura y por qué eso decide el caso.

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En julio de 2025 el Tribunal Supremo dictó dos sentencias sobre prueba digital que se citan a diario como si hubieran cambiado las reglas. No las cambiaron: las confirmaron. La STS 629/2025, de 3 de julio (Sala Segunda, ECLI:ES:TS:2025:3341), y la STS 603/2025, de 1 de julio (Sala Segunda, ECLI:ES:TS:2025:3292) —textos íntegros en el CENDOJ: STS 629/2025 y STS 603/2025— consolidan una doctrina que no nace en 2025. La propia STS 629/2025 la remonta a la STS 754/2015, de 27 de noviembre, y a la STS 375/2018, de 19 de julio, de la que reproduce el criterio: no cabe entender que estas resoluciones establezcan «una presunción iuris tantum de falsedad de estas modalidades de mensajería, que debe ser destruida mediante prueba pericial … que se debe practicar en todo caso»; lo que exige la pericia es la impugnación no meramente retórica y en términos generales de la autenticidad, «por la existencia de sospechas o indicios de manipulación». Y aun entonces, «tal pericia no será precisa cuando no exista duda al respecto mediante la valoración de otros elementos de la causa o la práctica de otros medios de prueba». Los penalistas están divididos. Para unos, es una modernización necesaria; para otros, una deriva peligrosa que invierte la carga de la prueba y socava la presunción de inocencia.

Como perito informático forense que certifica conversaciones de WhatsApp a diario, analizo en este artículo qué dicen exactamente, qué riesgos implica y por qué, paradójicamente, la certificación forense es ahora más importante que nunca. Si quieres ver en qué consiste ese trabajo, aquí explico la certificación forense de WhatsApp paso a paso.

TL;DR - Lo esencial en 60 segundos

AspectoDetalle
Sentencias claveSTS 629/2025 (3 julio) y STS 603/2025 (1 julio)
Qué exigenNo relajan nada: confirman el estándar de 2018 — la pericial se exige solo ante impugnación fundada en indicios de manipulación, no en todo caso
RiesgoUna impugnación genérica no basta: para que se exija verificación hay que fundar la sospecha de manipulación con indicios concretos
ContextoExisten apps de creación de chats falsos que fabrican conversaciones convincentes en minutos
RecomendaciónLa certificación forense preventiva es una defensa estratégica útil, no una garantía de admisión
Coste pericialSegún la tarifa vigente (ver precios)

Evolución de la jurisprudencia: una línea que viene de 2015

El Tribunal Supremo ha recorrido un camino de diez años en materia de prueba digital. Entender la evolución es clave para comprender el alcance de la doctrina actual.

Cronología de sentencias clave

SentenciaFechaDoctrinaImpacto
STS 300/201519 mayo 2015Advierte de la facilidad de manipulación digital y exige cautelaEn el caso concreto, otros elementos excluyeron la duda
STS 375/201819 julio 2018La impugnación debe apoyarse en sospechas o indicios de manipulación; otras pruebas pueden hacer innecesaria la pericialFormulación del estándar vigente
STS 332/2019 (ROJ STS 2205/2019 · ECLI:ES:TS:2019:2205)27 junio 2019Impugnada adecuadamente en el escrito de defensa, la carga de proponer la prueba que la contrarreste se desplaza a la acusaciónReparto de la carga probatoria
STS 90/2021 (ROJ STS 3661/2021 · Sala de lo Militar)7 octubre 2021Examina un pantallazo de WhatsApp que era la única prueba esencial y lo rechaza por falta de identificación, cotejo y corroboraciónUna captura sin garantías no destruye la presunción de inocencia
STS 116/2025 (ROJ STS 634/2025)13 febrero 2025Una impugnación genérica no expulsa automáticamente las capturas; caben otras pruebasLa impugnación debe concretarse
STS 603/20251 julio 2025El informe técnico procede ante impugnación no meramente retórica por indicios de manipulación, salvo que otras pruebas despejen la dudaConsolidación del estándar
STS 629/20253 julio 2025La ausencia de pericial no invalida per se la prueba electrónicaDoctrina vigente

Fuentes: Economist & Jurist, LegalToday, Blog elAbogado.

Nota sobre el encuadre: varios comentarios doctrinales titularon estas sentencias como «el Supremo relaja el estándar probatorio». Leídas enteras, no relajan nada: la STS 629/2025 reconstruye ella misma la cadena 754/2015 → 300/2015 → 375/2018 → 777/2022 y se declara continuadora, y la STS 603/2025 desestimó la nulidad que pedía la defensa.

Qué dicen exactamente las STS 629/2025 y 603/2025

La doctrina, en tres puntos

  1. Sin pericial obligatoria: la ausencia de un informe pericial informático no invalida automáticamente la prueba electrónica. Los mensajes de WhatsApp presentados como capturas de pantalla constituyen “prueba documental” que el tribunal puede valorar libremente

  2. El umbral es la impugnación seria, no cualquier negación: la verificación técnica cobra sentido cuando la autenticidad se impugna de forma «no meramente retórica y en términos generales», por «sospechas o indicios de manipulación» — y aun entonces «tal pericia no será precisa cuando no exista duda al respecto mediante la valoración de otros elementos de la causa». En ausencia de indicios, la prueba se admite sin verificación forense

  3. Quien impugna debe concretar la objeción: si la parte que impugna las capturas no aporta datos concretos que fundamenten su sospecha de falsificación —una impugnación “genérica” o “abstracta” no basta—, el tribunal puede aceptar los mensajes tal como se presentan. Concretar la objeción no obliga a aportar una contrapericia: basta con señalar indicios de manipulación, y corresponde a quien propone la prueba acreditar su autenticidad

El caso concreto de la STS 629/2025

La sentencia resolvió un caso de abusos sexuales a menor en el que la condena se sustentó, entre otros elementos, en capturas de mensajes de WhatsApp intercambiados entre el acusado y la víctima de 12 años. La defensa alegó que las capturas podían estar manipuladas, pero el Supremo consideró que la impugnación era genérica y que el contenido de los mensajes era coherente con el resto de pruebas practicadas (Blog elAbogado).

El problema de fondo

La aplicación laxa de esta doctrina genera una “plausibilidad reforzada”: los tribunales aceptan mensajes digitales como auténticos sin garantía técnica, simplemente porque encajan con la narrativa probatoria global. Víctor Ávila, abogado penalista y autor del análisis en Economist & Jurist, advierte que esta línea invierte la carga probatoria: se presume la autenticidad de la prueba digital salvo impugnación expresa, en lugar de exigir al proponente acreditar su fiabilidad (Economist & Jurist).

Por qué es peligroso: la facilidad de falsificar WhatsApp

Esta doctrina, que exige impugnar para que se active la carga de acreditar, llega en el peor momento posible. Manipular conversaciones de WhatsApp nunca ha sido tan fácil:

Herramientas de falsificación accesibles

HerramientaTipoDificultadResultado
iWhatsFakeApp AndroidNinguna: interfaz visualSimula conversaciones y grupos al estilo de WhatsApp
Fake Chat ConversationApp AndroidMínimaPermite editar cada detalle del chat
Edición directa de bases de datosSQLite con acceso rootMedia-altaModifica la base msgstore.db real del dispositivo
Deepfake de audioIA generativaMediaAudios de voz convincentes en notas de WhatsApp

Fuentes: fichas de iWhatsFake y Fake Chat Conversation en Google Play. El resultado imita el aspecto de un chat; no lo hace indistinguible de un original ante un análisis técnico.

Dato alarmante

En la jurisdicción laboral, el TSJ de Aragón (sentencia 132/2025, 20 de febrero) rechazó capturas de WhatsApp aportadas por una trabajadora precisamente porque no estaban acompañadas de informe pericial, cotejo del terminal ni testigos. Lo decisivo no es «la jurisdicción» en abstracto, sino cómo se aportó y acreditó la prueba en cada caso: sin identificación ni corroboración, una captura es frágil en cualquier orden (Augusta Abogados).

La paradoja: por qué la certificación forense es ahora más importante

Esta doctrina no elimina la utilidad de la certificación forense. La potencia:

Si aportas las capturas (acusación o demandante)

  • Sin pericial: el tribunal puede admitir las capturas, pero la defensa puede solicitar una pericial contradictoria que las cuestione
  • Con certificación forense: refuerzas la trazabilidad, la integridad y la atribución de la prueba, lo que dificulta una impugnación posterior. El informe pericial con cadena de custodia (ISO 27037) da solidez a una captura que por sí sola sería frágil — sin garantizar por ello su admisión, que decide el tribunal

Si las impugnas (defensa)

  • Sin objeción concreta: una impugnación “genérica”, sin indicios, no activa la carga de verificación y el tribunal puede aceptar las capturas
  • Con indicios fundados (y, si procede, una pericial contradictoria): acreditas la sospecha de manipulación; una contrapericia es una vía sólida para hacerlo, aunque no sea un requisito universal ni obligue mecánicamente al tribunal

Comparativa práctica

EscenarioSin certificaciónCon certificación forense
Aportación de pruebaAdmisible pero vulnerable a impugnación técnica posteriorTrazabilidad reforzada con hash SHA-256, timestamps verificados y cadena de custodia
ImpugnaciónDifícil de sostener si es “genérica”, sin indiciosObjeción respaldada con análisis de metadatos, bases de datos y verificación de integridad
Coste0 eurosSegún la tarifa vigente (ver precios)
Solidez de la pruebaMenor: la otra parte puede aportar pericial que la cuestioneMayor: la evidencia queda documentada técnicamente

Qué incluye una certificación forense de WhatsApp

  1. Adquisición forense del dispositivo: extracción lógica o física de los datos del terminal con herramientas como Cellebrite UFED o AXIOM, garantizando la integridad mediante hash SHA-256

  2. Verificación de la base de datos: análisis de msgstore.db (Android) o ChatStorage.sqlite (iOS) para examinar la consistencia de la base y buscar indicios compatibles con alteración o inserción, atendiendo a la versión de la aplicación, la plataforma y el tipo de extracción

  3. Análisis de metadatos: verificación de timestamps de envío, recepción y lectura e identificadores de servidor, en la medida en que la extracción los conserve

  4. Cadena de custodia documentada: desde la adquisición hasta la entrega del informe, siguiendo las directrices de ISO 27037 para documentar la trazabilidad de la evidencia

  5. Informe pericial firmado: documento que incluye metodología, hallazgos y conclusiones, preparado para ratificación ante el tribunal

Impacto en la jurisdicción laboral

La situación en el ámbito laboral es especialmente delicada. La Sala Segunda hace depender la exigencia de pericial de que haya impugnación; los Tribunales Superiores de Justicia, en cambio, vienen aplicando estándares más estrictos:

JurisdicciónEstándar actualSentencia de referencia
Penal (TS)Admisión sin pericial salvo indicios de manipulaciónSTS 629/2025, STS 603/2025
Laboral (TSJ Galicia)Válido si no se impugna, se reconoce, se coteja con otro terminal o hay pericialSTSJ Galicia 556/2016 y 1584/2021
Laboral (TSJ Aragón)Rechazado sin pericial, cotejo ni testigosSTSJ Aragón 132/2025

Identificadores completos: STSJ Galicia 556/2016, de 28 de enero (ROJ STSJ GAL 173/2016 · ECLI:ES:TSJGAL:2016:173, rec. 4577/2015) · STSJ Galicia 1584/2021, de 16 de abril (ROJ STSJ GAL 1431/2021 · ECLI:ES:TSJGAL:2021:1431, rec. 754/2021) — ambas del mismo ponente, Luis Fernando de Castro Mejuto, y la de 2021 se remite expresamente a la de 2016 · STSJ Aragón 132/2025, de 20 de febrero (ROJ STSJ AR 339/2025 · ECLI:ES:TSJAR:2025:339, rec. 39/2025, ponente Elena Lumbreras Lacarra). Textos íntegros verificados en el CENDOJ.

Los cuatro supuestos del TSJ de Galicia, en su tenor literal

La Sala de lo Social gallega no exige pericial siempre: enumera cuatro vías alternativas para que una conversación se admita como documento, y basta una:

«(a) cuando la parte interlocutora de la conversación no impugna la conversación; (b) cuando reconoce expresamente dicha conversación y su contenido; (c) cuando se compruebe su realidad mediante el cotejo con el otro terminal implicado (exhibición); o, finalmente, (d) cuando se practique una prueba pericial que acredite la autenticidad y envío de la conversación»

Conviene añadir lo que suele omitirse al citarla: en ese mismo asunto el WhatsApp se rechazó. La Sala enunció los cuatro supuestos y a continuación desestimó el recurso, porque la parte «redujo su argumentación a la mera incomparecencia de la otra parte y su no impugnación». Enunciar la vía fácil no equivale a haberla recorrido.

Y el literal de Aragón, que es el más útil para un perito

«correspondía a la actora probar la autenticidad de tales whatsapps bien a través de prueba testifical de quien hubiera intervenido en las conversaciones bien a través de informe pericial o solicitando su cotejo por el letrado de la Administración de Justicia, que confirmara el remitente y el destinatario»

El detalle que decide el caso: el tribunal sí admitió la carta de despido que viajaba adjunta dentro de esos mismos WhatsApp, «pues en la misma figura el nombre de la trabajadora, de la empresa demandada y la fecha». Lo que falla en un pantallazo no es el contenido, es la atribución —quién lo envió, a quién y cuándo—; un documento que lleva esos tres datos dentro se sostiene solo. Ese es exactamente el vacío que cubre una certificación forense: no añade contenido, ayuda a acreditar el origen, el destinatario y la fecha.

Comentarios de contexto: Cuestiones Laborales, LegalToday, Iberley.

Esta disparidad crea un escenario donde una misma conversación de WhatsApp puede correr distinta suerte según cómo se aporte y se acredite. Para abogados y empresas, la certificación forense preventiva de WhatsApp es la vía más sólida para reforzar la validez de la prueba con independencia de la jurisdicción, aunque la admisión siga correspondiendo al tribunal.

Preguntas relacionadas

¿Puedo presentar capturas de pantalla de WhatsApp sin perito en un juicio penal?

Sí, y no por ser doctrina reciente: la línea del Tribunal Supremo que confirman la STS 629/2025 y la STS 603/2025 viene de 2015-2018 y lo permite mientras nadie impugne la autenticidad de forma seria y fundada, o cuando otros elementos de la causa despejen la duda. Sin embargo, es una estrategia arriesgada: si la parte contraria aporta un informe pericial que cuestione la autenticidad, tu prueba puede quedar debilitada. La certificación forense preventiva reduce ese riesgo y refuerza la evidencia frente a una impugnación posterior (ver precios).

¿Qué pasa si la otra parte aporta WhatsApps falsos contra mí?

Bajo la doctrina actual, esas capturas podrían ser admitidas si tu impugnación es considerada “genérica”. Para evitarlo, conviene aportar indicios concretos de manipulación; una pericial contradictoria que analice técnicamente las capturas —verificación de metadatos, análisis de la base de datos, búsqueda de patrones de edición— es la vía más sólida para hacerlo, aunque no sea un requisito universal. Un perito informático forense puede determinar si los mensajes fueron manipulados con apps de chats falsos o editados directamente en la base de datos.

¿La nueva jurisprudencia afecta a procesos civiles y laborales?

Las STS 629/2025 y 603/2025 son de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. En la jurisdicción laboral, los TSJ aplican criterios propios que suelen ser más exigentes: la STSJ Aragón 132/2025 (ROJ STSJ AR 339/2025) rechazó unos pantallazos de WhatsApp porque no se acreditó su autenticidad por ninguna de las tres vías que admite —testifical, pericial o cotejo por el letrado de la Administración de Justicia—. En la jurisdicción civil también depende de cómo se aporte y de si se impugna. En ningún orden la certificación forense decide por sí sola la admisión —eso corresponde al tribunal—, pero sí es la vía más sólida para que la prueba llegue documentada técnicamente.

¿Cuánto tiempo tengo para certificar una conversación de WhatsApp?

No existe un plazo autónomo único para «certificar WhatsApp», pero cada procedimiento fija momentos para anunciar y aportar la prueba y los dictámenes (arts. 336-337 LEC): los dictámenes periciales suelen acompañar a la demanda o la contestación, o anunciarse para aportarlos después. Consulta cuanto antes con tu abogado para no perder un plazo procesal y preserva mientras tanto el dispositivo y la conversación sin alterarlos. Los mensajes pueden ser eliminados por la otra parte o perderse en un restablecimiento de fábrica, así que lo ideal es certificar en cuanto se prevea que la conversación puede ser necesaria como prueba.

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Conclusión

Las STS 629/2025 y 603/2025 no han cambiado las reglas: han confirmado las que el Supremo viene aplicando desde 2015 y formuló con claridad en 2018. Los tribunales penales no exigen automáticamente un informe pericial para admitir capturas de WhatsApp — la verificación cobra sentido cuando la parte contraria impugna la autenticidad con indicios concretos, y ni siquiera entonces es imprescindible si otras pruebas despejan la duda, y ese matiz es lo que casi siempre se omite al resumir la doctrina. El reverso está ahí: en un mundo donde falsificar conversaciones está al alcance de cualquiera con un smartphone, la ausencia de verificación técnica expone el proceso judicial a errores que pueden tener consecuencias irreversibles.

Para abogados, la certificación forense preventiva no es un gasto sino una inversión estratégica que refuerza la prueba frente a una impugnación. Para empresas y particulares, es la vía más sólida para que sus conversaciones lleguen al juicio documentadas técnicamente cuando más lo necesiten.


Referencias y fuentes

  1. Ávila, V. (2025). “A la deriva con la prueba informática: el Supremo relaja el estándar probatorio de las capturas de WhatsApp”. Economist & Jurist. https://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/a-la-deriva-con-la-prueba-informatica-el-supremo-relaja-el-estandar-probatorio-de-las-capturas-de-whatsapp/

  2. Blog elAbogado (2025). “Mensajes de WhatsApp como prueba en juicio: STS 629/2025 (Sala de lo Penal) y cuándo no se requiere pericial informática”. https://blog.elabogado.com/blog/2025/09/11/mensajes-de-whatsapp-como-prueba-en-juicio-sts-629-2025-y-cuando-no-se-requiere-pericial-informatica/

  3. LegalToday (2025). “Valor probatorio de los pantallazos de conversaciones de WhatsApp o sus transcripciones: STS 116/2025 (Sala de lo Penal)”. https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-penal/valor-probatorio-de-los-pantallazos-de-conversaciones-de-whatsapp-o-sus-transcripciones-sts-116-2025-de-13-de-febrero-2025-09-29/ — ECLI:ES:TS:2025:634

  4. Martín Parés Abogados (2025). “Mensajes de WhatsApp como prueba judicial en España: Guía 2025”. https://martinpares.com/blog-martin-pares-abogados/mensajes-whatsapp-como-prueba-judicial-espana/

  5. LexWay (2026). “Cómo aportar WhatsApp como prueba en juicio: validez legal y jurisprudencia en 2026”. https://lexway.es/whatsapp-como-prueba-judicial/

  6. Augusta Abogados (2025). “WhatsApp en el proceso laboral: ¿prueba válida o insuficiente?”. https://augustaabogados.com/whatsapp-en-el-proceso-laboral-prueba-valida-o-insuficiente/

  7. Cuestiones Laborales (2025). “La prueba de WhatsApp en un juicio laboral”. https://www.cuestioneslaborales.es/la-prueba-de-whatsapp-en-un-juicio-laboral/

  8. Iberley. “Mensajes de WhatsApp como documento probatorio en el proceso laboral”. https://www.iberley.es/revista/mensajes-whatsapp-documento-probatorio-proceso-laboral-84

  9. ADSLZone (2025). “¿Valen como prueba los pantallazos de WhatsApp? El Supremo cambia las reglas”. https://www.adslzone.net/noticias/whatsapp/sentencia-supremo-validez-capturas-whatsapp-juicio/

  10. STS 629/2025, de 3 de julio, ECLI:ES:TS:2025:3341, y STS 603/2025, de 1 de julio, ECLI:ES:TS:2025:3292 (ambas de la Sala de lo Penal) — textos íntegros en el CENDOJ: STS 629/2025 y STS 603/2025. Reproducidas también en agregadores como vLex, que sirven para leerlas, no para acreditar que existen.

  11. Bermejo i Alegret (2025). “A la deriva con la prueba informática: el Supremo relaja el estándar probatorio”. https://www.bermejoialegret.com/a-la-deriva-con-la-prueba-informatica-el-supremo-relaja-el-estandar-probatorio-de-las-capturas-de-whatsapp/

  12. Infobae (2025). “Los juristas alertan del riesgo de que los deepfakes lleguen a todo tipo de procesos judiciales”. https://www.infobae.com/espana/agencias/2025/05/22/los-juristas-alertan-del-riesgo-de-que-los-deepfakes-lleguen-a-todo-tipo-de-procesos-judiciales/


Este artículo analiza la evolución jurisprudencial del Tribunal Supremo español en materia de prueba digital basándose en las sentencias citadas y en el análisis publicado por juristas especializados. No constituye asesoramiento jurídico individualizado. Las recomendaciones sobre certificación forense reflejan la práctica profesional estándar en materia de evidencia digital.

Sobre el autor: Jonathan Izquierdo es perito informático forense, ex-CTO y 5× AWS Certified. Especializado en certificación forense de WhatsApp y elaboración de informes periciales con validez judicial. Metodología ISO 27037 para cadena de custodia digital.

Última actualización: 6 de septiembre de 2026

Sobre el autor

Jonathan Izquierdo es perito informático forense especializado en Legal con conocimientos en blockchain, criptomonedas, AWS Cloud, desarrollo de software y seguridad. Experiencia tecnológica de más de 20 años al servicio de la justicia digital, liderando equipos de desarrollo de software en ámbitos internacionales.

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Jonathan Izquierdo

Jonathan Izquierdo · Perito Forense

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