· Jonathan Izquierdo · Jurisprudencia ·
STS 634/2025: ¿Valen las capturas de WhatsApp como prueba penal?
El Tribunal Supremo flexibiliza los requisitos para admitir capturas de WhatsApp en juicios penales. Analizamos qué dice la sentencia y por qué debería preocuparte.

En 2026, falsificar una conversación de WhatsApp tarda 30 segundos. Validar su autenticidad ante un tribunal… puede que ya no sea necesario.
La Sentencia del Tribunal Supremo 634/2025, de 13 de febrero, acaba de marcar un antes y un después en cómo los tribunales españoles valoran las capturas de pantalla de WhatsApp como prueba penal. Y si eres abogado, o si tu libertad depende de una prueba digital, necesitas entender qué ha cambiado.
El caso que lo cambió todo
La STS 634/2025 surge en un proceso por elaboración de material pornográfico con menores. La Guardia Civil aportó capturas de pantalla de conversaciones de WhatsApp facilitadas por el propio menor. La defensa impugnó estas pruebas alegando:
- Falta de garantía en la cadena de custodia
- Ausencia de identificación técnica de los intervinientes
- Falta de verificación pericial de la integridad de los mensajes
- Carencia de acta notarial que certificase la autenticidad
La pregunta era clara: ¿puede un simple pantallazo condenar a alguien?
La respuesta del Tribunal Supremo
El Supremo validó las capturas como prueba suficiente. Su razonamiento:
No hubo impugnación técnica concreta: la defensa cuestionó aspectos formales, pero no aportó indicios de manipulación efectiva.
Elementos corroboradores: el menor confirmó la autenticidad en el plenario, la Guardia Civil declaró ausencia de manipulación.
Libre valoración judicial: el tribunal puede formar su convicción sin necesidad de pericia técnica si existen otros indicios suficientes.
Lo que dice el Supremo
“No es obligatorio practicar prueba pericial en todo caso. Si existen otros elementos de prueba suficientes, el tribunal puede formar su convicción sin necesidad de pericia técnica.”
La evolución jurisprudencial: de la cautela a la flexibilidad
Para entender el problema, hay que ver cómo hemos llegado hasta aquí:
STS 300/2015: El origen garantista
La sentencia pionera advertía que las pruebas digitales deben tratarse “con todas las cautelas” dada su naturaleza manipulable. Establecía que quien aporta capturas debe demostrar su autenticidad, normalmente mediante pericial informática.
STS 375/2018: Primera flexibilización
Reafirma la necesidad de pericial en caso de impugnación, pero permite prescindir de ella cuando no existan “dudas razonables” o haya otros elementos corroboradores.
STS 332/2019: Inversión de la carga
Aquí se invierte el principio: ya no se exige al proponente acreditar la fiabilidad. Se presume la autenticidad, salvo impugnación expresa y técnicamente fundamentada por la defensa.
2025: Flexibilización total
Las sentencias STS 116/2025, STS 603/2025 y STS 629/2025 consolidan la tendencia: la pericial informática solo es necesaria si existen “indicios racionales de manipulación”.
Por qué esto es peligroso: la perspectiva del perito
Como perito informático forense, veo a diario lo fácil que es manipular una captura de pantalla. No hablo de teoría, hablo de práctica:
Herramientas al alcance de cualquiera
- Paint o Photoshop: edición básica de imágenes
- Yaazyy y similares: plataformas que simulan conversaciones completas con realismo total
- IA generativa: ya existen modelos que generan capturas indistinguibles de las reales
La amenaza de los deepfakes
No solo textos. Con inteligencia artificial ya es posible clonar voces y generar audios que imitan perfectamente al interlocutor. Los deepfakes de voz ya no son ciencia ficción, y pronto los veremos en sala como supuestas “confesiones”.
Una analogía clara
No se admiten pruebas biológicas sin cadena de custodia, sin análisis de laboratorio y sin contraste técnico. ¿Por qué deberíamos admitir una conversación digital sin verificación forense?
El estándar probatorio en juego
La prueba digital no es como la testimonial o indiciaria. Es una prueba objetiva, almacenada digitalmente, susceptible de verificación forense. Su apariencia de autenticidad no puede suplir la exigencia de acreditación técnica.
Qué hacer si eres abogado defensor
Si te enfrentas a capturas de WhatsApp en un procedimiento penal, esto es lo que necesitas saber:
1. Impugna con fundamento técnico
Una impugnación genérica (“cuestiono la autenticidad”) ya no es suficiente. Debes argumentar:
- Ausencia de hash que garantice integridad
- Falta de metadatos verificables
- No se realizó extracción forense del dispositivo
- No hay volcado completo de la base de datos de WhatsApp
2. El momento procesal importa
Si la impugnación se formula en el escrito de defensa, das oportunidad a la acusación para proponer prueba pericial. Si lo haces de forma extemporánea, puede perder eficacia.
3. Solicita pericial de parte
La mejor estrategia: aporta tu propia pericial informática que cuestione la prueba. No te limites a impugnar: demuestra técnicamente por qué no es fiable.
Cuándo necesitas un perito informático
Mi recomendación profesional: siempre que la prueba digital sea determinante para el caso.
Específicamente:
- Cuando las capturas de WhatsApp son la prueba principal de la acusación
- Si existen dudas sobre la autenticidad del contenido
- Para impugnar con fundamento técnico y no quedarte en lo genérico
- Cuando necesitas demostrar que la cadena de custodia está comprometida
Lo que puede hacer un perito
Una pericial forense puede verificar la integridad de los mensajes, analizar metadatos, detectar manipulaciones y cuestionar técnicamente la autenticidad de cualquier prueba digital.
Conclusión: el Supremo relaja, el riesgo aumenta
La STS 634/2025 confirma una tendencia preocupante: los tribunales españoles están aceptando capturas de pantalla como prueba válida con cada vez menos garantías técnicas.
Esto no significa que las capturas sean siempre inválidas. Significa que la defensa debe ser más proactiva y técnicamente sólida para impugnarlas con éxito.
Como dijo la STS 300/2015 hace ya una década: las pruebas digitales deben tratarse “con todas las cautelas”. Diez años después, esa cautela no solo sigue siendo válida: es más necesaria que nunca.
¿Te enfrentas a un caso con pruebas de WhatsApp? Como perito informático forense, puedo ayudarte a analizar la autenticidad de las evidencias digitales y preparar una impugnación técnicamente fundamentada. Contacta conmigo para una consulta inicial.





